Portada  |  07 septiembre 2020

El Estado reintegrará hasta el 100% de los créditos ATP a empresas que contraten trabajadores en los próximos 12 meses

Las empresas que cumplan con las metas de empleo y con el repago del crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Economía

El Gobierno ofrecerá un reintegro de hasta el 100% de los créditos a tasa subsidiada a otorgar como parte de la quinta versión del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP) a las empresas que contraten trabajadores en los próximos doce meses.

El Ministerio de Desarrollo Productivo dio a conocer los detalles del Crédito a Tasa Subsidiada Convertible para aquellas firmas cuya variación de la facturación nominal de julio haya estado entre 0% y 40%, que contará con garantía del FOGAR, y una tasa del 15%, con tres meses de gracia, a ser devuelto en 12 cuotas.

Las empresas que cumplan con las metas de empleo y con el repago del crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio por parte del Ministerio de Desarrollo Productivo (vía el FONDEP).

"El ATP es una herramienta que ha sido fundamental para sostener el empleo y vemos que muchas empresas han logrado en poco tiempo volver a producir, a recuperar facturación, y el ATP fue un puente importante", sostuvo el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

El ministerio explicó en un comunicado que las metas de empleo serán trimestrales e implicarán una comparación contra un mismo período de 2019 ó 2020.

"Esas exigencias serán menores y los beneficios más importantes para las empresas más chicas, mientras que a mayor número de empleados se incrementan los requisitos", indicó.

Los beneficios y las metas de empleo serán diferentes según la cantidad de trabajadores que tenga la empresa y se las clasificará en 4 tramos: de 1 a 9 trabajadores, de 10 a 39, de 40 a 199 y de 200 a 800.

Para ser beneficiaria del reembolso, la empresa deberá tener al día la presentación del Formulario 931 AFIP, mientras que el reintegro será nulo si la empresa tiene empleados suspendidos en el período que se utiliza para la comparación.

La cantidad de trabajadores que se tendrá en cuenta para determinar el tramo en el que encuadra la empresa será el promedio del cuarto trimestre de 2020.

Las cuatro metas de empleo serán evaluadas siempre con este criterio: si la empresa a lo largo de 2021 pasara de tener, por ejemplo, 8 empleados a 12, se la seguirá evaluando con el criterio de las de 1 a 9.

Si una compañía tiene de 1 a 9 trabajadores que, en la comparación entre trimestres hayan mantenido nómina, serán beneficiadas con el reintegro del equivalente al 5% del crédito (contando capital e intereses). Si esa misma empresa en las cuatro metas mantuviera el empleo respecto al período base, se le devuelve el 20% del crédito.

En el caso de las firmas de este grupo que hayan aumentado su nómina en 1 trabajador, serán beneficiarias con el reintegro del 15% del crédito por cada meta trimestral cumplida, por lo que alcanzarían el 60% del crédito al final del período.

Fuente: NA.

MIRÁ TAMBIÉN

IFE 4: cuáles son los requisitos y cuándo se cobraría

El Gobierno invertirá otros $30.000 millones en la Tarjeta Alimentar hasta fin de año

Ahora 36: qué se podrá comprar con el plan para incentivar el consumo y la industria

Comentarios