Portada  |  09 septiembre 2020

El Gobierno comenzará a suspender la SUBE de trabajadores no esenciales

A través del Boletín Oficial, el Ministerio de Transporte oficializó la aprobación del “Protocolo para la suspensión temporal de las tarjetas del Sistema Único de Boleto Electrónico en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio".

Actualidad

El Gobierno nacional comenzó con la suspensión de las tarjetas SUBE de las personas que no sean trabajadores esenciales y hayan utilizado el transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La medida fue dispuesta por la Resolución 197/2020 del Ministerio de Transporte, publicada este miércoles 9 de septiembre en el Boletín Oficial con la firma del ministro Mario Meoni, que pone en vigencia el "Protocolo para la suspensión temporal de las tarjetas del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (SUBE)".

 Se suspenderá la SUBE cuando se registren los siguientes supuestos:

- Que la misma no esté asociada a un "Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID19" o documentación que acredite que se encuentra exceptuado para circular

- Que haya sido utilizada para realizar viajes en el transporte público automotor de pasajeros interjurisdiccional durante al menos dos días consecutivos.

 En caso de verificarse alguno de dichos supuestos la tarjeta será suspendida por el término de 7 días corridos, a contar a partir de la fecha de su último uso

Se informó además que la suspensión temporal de la tarjeta SUBE no producirá ningún efecto respecto del saldo de carga que posea dicha tarjeta, el cual podrá ser utilizado normalmente por el usuario al finalizar el plazo de la suspensión

La suspensión no producirá tampoco la pérdida de ningún beneficio asociado a dicha tarjeta.

La suspensión también regirá en cualquier dispositivo de uso y carga SUBE.

La reactivación de la tarjeta SUBE suspendida será efectuada de manera automática, al usarse en la red de colectivos que integran el AMBA, una vez transcurrido el plazo de 7 días corridos desde su último uso.

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