Portada  |  22 septiembre 2017

Reglamentaron parcialmente la ley que autoriza el uso medicinal del cannabis

El Gobierno reglamentó parcialmente la ley de investigación médica y científica de uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, sancionada el pasado 29 de marzo por el Senado.

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Se trata de la norma número 27.350, cuya puesta en vigor era reclamada por organizaciones de cultivadores de cannabis medicinal. A través del decreto 738/2017, publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aprobó su reglamentación, aunque en forma parcial.

El decreto, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Salud, Jorge Lemus, pone en funcionamiento el denominado "Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales".

Según señala la norma, entre sus considerandos, "resulta prioritario que la Autoridad de Aplicación cuente con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta de Cannabis y sus derivados y su impacto en el organismo humano".

La ley busca garantizar el acceso del llamado aceite de cannabis para pacientes que padezcan determinadas enfermedades, previa determinación médica. Además, dispone "un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta del cannabis y de sus derivados" y crea un programa nacional para estudio e investigación de ese recurso y sus productos derivados.

En ese sentido, autoriza la importación del "aceite de cáñamo" y de otros derivados de la planta de cannabis hasta que el Estado pueda producirlo y el acceso gratuito para los pacientes que puedan necesitarlo según prescripción médica.

La ley otorga prioridad para la producción a los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP y autoriza el cultivo de cannabis al Conicet y el INTA con fines de investigación.

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